El alquiler de un local es una operación comercial que implica ciertos costos para el arrendatario, entre ellos, el pago de impuestos. Uno de los impuestos que debe pagarse al alquilar un local es el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), que es un tributo que grava el consumo de bienes y servicios. En este sentido, surge la pregunta ¿quién paga el IVA del alquiler de un local?
En términos generales, el IVA del alquiler de un local lo debe pagar el arrendatario, es decir, la persona o empresa que utiliza el local para llevar a cabo su actividad económica. Esto se debe a que, según la legislación tributaria, el IVA es un impuesto que grava al consumidor final de un bien o servicio, y en este caso, el consumidor final es el arrendatario.
Ahora bien, existen ciertas excepciones a esta regla. Por ejemplo, en los contratos de alquiler de locales para vivienda, el arrendador no está obligado a repercutir el IVA al arrendatario. En este caso, el arrendador puede optar por incluir el IVA en el precio del alquiler, pero no está obligado a hacerlo. Esto se debe a que, según la normativa vigente, el alquiler de viviendas está exento de IVA.
¿Qué IVA tiene el alquiler de un local?
En el caso de los contratos de alquiler de locales para uso empresarial o profesional, el tipo de IVA que se aplica es el general, que actualmente es del 21%. Esto significa que el arrendatario deberá pagar al arrendador el precio del alquiler más el 21% de IVA correspondiente.
Es importante destacar que, en algunas situaciones, el arrendador puede optar por aplicar el IVA reducido del 10% en lugar del general. Este tipo de IVA se aplica en casos especiales, como por ejemplo, en los alquileres de viviendas destinadas a personas mayores de 65 años o con discapacidad. Sin embargo, en los contratos de alquiler de locales para uso empresarial o profesional, lo más común es que se aplique el tipo general del 21%.
¿Qué impuestos se pagan en el alquiler de un local?
Además del IVA, existen otros impuestos que se deben pagar al alquilar un local para uso empresarial o profesional. Algunos de estos impuestos son:
- Impuesto de transmisiones patrimoniales: este impuesto se aplica en el caso de que se traspase o se ceda el uso de un local a cambio de una contraprestación económica. En este caso, el arrendatario deberá pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales, que varía según la comunidad autónoma en la que se encuentre el local.
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF): el arrendador del local está obligado a declarar los ingresos que recibe por el alquiler en su declaración de la renta. Además, deberá pagar el IRPF correspondiente a estos ingresos, que varía según la tarifa del impuesto y la cantidad percibida por el alquiler.
- Recuerda que siempre deberías consultar a un gestor externo o asesoría en cuanto a temas fiscales de índole inmobiliarios para recibir un asesoramiento más personalizado y actualizado a tu caso particular. Siendo empresa constructora y Promotora , Goncesco no incluye estos servicios.
Pero si estás buscando un local para alquilar, ¡Podemos ayudarte! Contacta con nuestro equipo y cuéntanos tus necesidades, juntos encontraremos el local perfecto para ti.